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Aprueban en primera lectura Reforma Policial

SANTO DOMINGO. Los Senadores aprobaron ayer en primera lectura el proyecto de ley orgánica de la Policía Nacional, que entre otros aspectos, contempla un máximo de 20 generales en esa institución. El pleno acogió el informe de la comisión de Interior y Policía del Senado, que estudió el proyecto, que establece que para será Director General, […]

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SANTO DOMINGO. Los Senadores aprobaron ayer en primera lectura el proyecto de ley orgánica de la Policía Nacional, que entre otros aspectos, contempla un máximo de 20 generales en esa institución.

El pleno acogió el informe de la comisión de Interior y Policía del Senado, que estudió el proyecto, que establece que para será Director General, cargo que sustituiría al de Jefe de la PN, hay que ser dominicano, tener por lo menos 25 años ininterrumpidos en la institución, y tener un grado universitario policial.

El proyecto fue aprobado con modificaciones, entre ellas la que establece que no se prestará servicio policial a personas físicas o morales, ni a establecimientos comerciales, si no se determina que están en grave peligro. El artículo 26 indica que el cargo de Director General de la Policía es incompatible con otras funciones públicas, con el ejercicio de su profesión y otras actividades comerciales que pudieran entrar en conflicto con sus funciones.

También sostiene que el Director General de la Policía para viajar al extranjero deberá tener el permiso del Presidente de la República, y quedará el subdirector de la institución a cargo del mando.

De igual modo, un párrafo del artículo 83 dispone que el tiempo mínimo de antigüedad requerido para optar por el ascenso al rango inmediato, nunca será menor de cuatro años, y agrega que la violación a esa disposición implica la nulidad del ascenso.

Ese artículo establece como tiempo máximo de permanencia en un grado seis años para el nivel básico y siete para el medio.

Específica que cuando se trate del personal de la carrera policial perteneciente al nivel superior, el tiempo máximo de permanencia en el grado será de ocho años. El artículo 100 establece que en los casos de agentes de seguridad asignados a oficiales en retiro, no podrá ser mayor de tres policías, en tanto que el 101 establece que no podrán los agentes policiales de seguridad utilizados para actividades distintas a las estrictamente necesarias o relaciones con la función asignada.

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